Ante los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público, Gustavo Azócar fue sentenciado a dos años y seis meses de prisión, por el delito de lucro ilegal en actos de administración publica, con ocasión a la contratación de publicidad entre la Lotería del Táchira y la empresa “Nuevo Perfil de Comunicación Integral”.
En el juicio, los fiscales 2° y 25° de Táchira, Mónica Yánez y Henry Flores, respectivamente, ratificaron la acusación contra el periodista Azócar, por el referido delito y los de estafa y falsificación de documento público.
En ese sentido, el Tribunal 1° de Juicio de la mencionada jurisdicción, tras evaluar los alegatos y las pruebas presentadas por los fiscales durante las 25 audiencias que duró el debate judicial, dictó la sentencia condenatoria pero desestimó el de estafa y falsificación de documento público.
Igualmente el Tribunal le dictó medida de presentación cada ocho días, prohibición de cambio de domicilio y como complemento la inhabilitación política.
Vale destacar que la condena por lucro ilegal se produce conforme a la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público vigente para la época.
La investigación contra Azócar se inició en el año 2000, a través de una denuncia interpuesta por la Procuraduría General de esa zona, relacionada con presuntas irregularidades ocurridas con motivo de la contratación de publicidad, suscrita entre la Lotería del Táchira y la empresa de publicidad “Nuevo Perfil de Comunicación Integral”, para transmitir por Radio Noticias 1060, unas pautas publicitarias durante los meses de marzo, abril y mayo del 2000.
Sin embargo, dicho contrato fue incumplido en virtud que pese a ser pagadas por el ente contratante, no fueron transmitidas en su totalidad.
Azócar, quien también fue ex candidato a la gobernación del estado Táchira, se encuentraba recluido en el Centro Penitenciario de Occidente a raíz de haber violentado las condiciones en las que se le imponía no hablar sobre el juicio, razón por la que se le revocó la medida.
Permaneció privado de libertad por más de siete meses. |
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