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jueves, 16 de junio de 2011

Deuda-Chávez desde Cuba sería inconstitucional en criterio de juristas del Psuv




DESDE LA HABANA Chávez NO PUEDE ejercer “actos de gobierno” ■ La Gaceta es írrita por simulación
Publicado el 15/06/11. a las 3:33 am


JULIO LATTAN: “El Presidente no puede promulgar una ley sin la presencia de los ministros, y menos fuera del país” Fotocrédito: Psuv.org- Julio Lattan

NC – HERNÁN LUGO-GALICIA- EN:- Los análisis del oficialismo coinciden en negar el vacío de poder; sin embargo, los abogados buscan una fórmula para justificar la promulgación de la Ley de Endeudamiento Especial, efectuada por el presidente Hugo Chávez en Cuba, por cuanto temen que sea inconstitucional y, en consecuencia, objeto de nulidad absoluta.

La (controversia) tendría que ser resuelta en el Tribunal Supremo de Justicia, reveló un grupo de constitucionalistas oficialistas.

El constitucionalista Julio Lattan , presidente de Abogados Socialistas y coordinador también del Frente Socialista de Profesionales y Técnicos del PSUV :

"Los actos de Gobierno pueden hacerse en cualquier parte del país, bien por una emergencia o urgencia, o por decisión política; ello requiere que el Presidente, en Consejo de Ministros, decida sesionar, por ejemplo, en Zulia y allí se traslada todo el Gabinete.

El Presidente no puede promulgar una ley sin la presencia de los ministros, según el artículo 214 de la Constitución, y menos fuera del territorio.

El texto constitucional sólo señala que el Presidente tiene 10 días para promulgar una norma o, en caso contrario, puede solicitar una revisión al Parlamento, que posteriormente procedería a levantar la sanción", explicaron.

La única forma en que el Gobierno podría aprobar resoluciones extraterritorio sería cuando se presente una invasión extranjera y los gobernantes sean forzados a alojarse en embajadas o en territorio extranjeros.

"Acabo de promulgar hace un rato la Ley de Endeudamiento Especial y va a salir en Gaceta mañana", informó Chávez el pasado domingo a Telesur desde La Habana.

Esta acción sería un ACTO DE GOBIERNO; el Presidente solo puede suscribir ACTOS DE ESTADO fuera del país y se trataría de convenios o tratados, arguyeron. ■ EL NACIONAL – 15.6.2011

LA LEY ESPECIAL DE ENDEUDAMIENTO

Diputado AMERICO DE GRAZIA: "La Gaceta Oficial dice que esa ley se firmó en Caracas y Hugo Chávez está en Cuba"

RAFAEL RIVERO: Falso el L.S. -"Lugar del Sello"- puesto que Hugo Chávez, a la fecha, no estaba en Caracas en esa Gaceta Oficial 39694 se publica un acto írrito. Pero eso lo "arreglará" ahora el TSJ

Si el TSJ , pese a la promulgación de la ley de falso L.S. (Locus Sigilli – en lugar del sello, de la firma) admite su vigencia, queda -en hechos- sustentado Hugo Chávez podrá “ejercer” desde Cuba

Frente a tres hechos políticos contundentes Chávez desde La Habana promulga Ley, AN certifica y TSJ ratifica, ¿cuál es el argumento de la MUD?

Fuente: Noticias del Centro

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