Explican que esa ley fue promulgada “sin tomar en cuenta si sus ocupantes son morosos, ocupantes ilegales, usufructuarios, comodatarios” y agregan que esa normativa “suspende todos los juicios sin importar la causal y los derechos del propietario de cualquier clase social”.
Recuerdan que actualmente, el Ministerio de Vivienda “aún no tiene la infraestructura para procesar los 40.000 juicios inquilinarios y otros miles de juicios inmobiliarios dejando un gran vacío de justicia, ya que quienes requieran justicia deberán esperar que se constituyan los departamentos a nivel nacional que llevarán estos procedimientos”.
A continuación la nota de prensa:
Se ha tratado de crear durante los últimos 5 años, una matriz de opinión de que todos los desalojos judiciales son arbitrarios e ilegales, lo cual es evidentemente falso pues las medidas de desalojos son el resultado de la aplicación de la vigente Ley de Arrendamientos y otras leyes y constituyen actos legales del Poder Judicial. En mayo el Presidente de la República promulga la Ley contra Desalojos Arbitrarios, la cual es en realidad una ley contra los desalojos judiciales, la cual desmonta el estado de derecho inmobiliario, al suspender todos los juicios inmobiliarios donde la posesión de una vivienda este en discusión.
Se han formado con auspicio gubernamental organizaciones civiles de ocupantes o inquilinos, que vienen desacatando desde hace 3 años, en el Área Metropolitana, gran parte de los desalojos de derecho o judiciales. Se estableció como práctica el desacato a las órdenes de entrega judicial, ya que estas organizaciones impedían la medida o reintroducían en el inmueble a los desalojados o a otros ciudadanos, ante la vista indiferente de muchos jueces ejecutivos de medidas, jueces de la causa y autoridades policiales quienes tenían el deber de restablecer el orden infringido. En los desalojos desacatados, los propietarios de igual manera tenían que pagar altos gastos en cerrajeros, depositarias y avaluadores, quedando de todas maneras sin la posesión del inmueble y sobre todo quedando burlada la administración de justicia.
El Presidente Chávez solicitó públicamente a la Presidenta del Tribunal Supremo Luisa Estella Morales, la paralización de los desalojos judiciales de viviendas por cualquier causa, quien no tardó una semana en dictar en su carácter de Presidenta de la Comisión Judicial del T.S.J., creándose una interrupción de todos los debidos procesos inmobiliarios.
Luego en mayo el Presidente promulga por vía habilitante el decreto Ley contra los Desalojos Arbitrario, el cual suspendió a nivel nacional todos los juicios y procedimientos administrativos de recuperación de bienes inmuebles destinados a viviendas principales, sin tomar en cuenta si sus ocupantes son morosos, ocupantes ilegales, usufructuarios, comodatarios, hasta tanto el Gobierno Nacional, no realice un acto conciliatorio entre las partes. Esta es la violación más absoluta del derecho de propiedad, pues suspende todos los juicios sin importar la causal y los derechos del propietario de cualquier clase social.
Al día de hoy, el Ministerio de Vivienda, aún no tiene la infraestructura para procesar los 40.000 juicios inquilinarios y otros miles de juicios inmobiliarios dejando un gran vacío de justicia, ya que quienes requieran justicia deberán esperar que se constituyan los departamentos a nivel nacional que llevarán estos procedimientos. Es decir, a más de un mes de promulgada la ley la justicia Inmobiliaria está paralizada, en perjuicio de miles de propietarios que ya tenían sentencias o de propietarios que necesitan la vivienda para habitarlas sus familiares o cuyos inquilinos no le pagan. Esto deslegitima e inhabilita el verdadero papel del Poder Judicial que es el de impartir justicia y el de resolver los conflictos de los ciudadanos, dejando en manos del Poder Ejecutivo en primer término, la aplicación de las leyes, para que después el ciudadano de igual manera deba acudir a los tribunales.
Es una ley arbitraria e irracional que pone en peligro todas las propiedades, todas las posesiones legítimas, ya que pone al Poder Ejecutivo por encima del Poder Judicial y crea un procedimiento previo al judicial y suspendiendo todos los juicios iniciados en materia de vivienda, hasta tanto no se tomen decisiones administrativas y se realicen actos conciliatorios, suspendiendo la restitución de la propiedad alquilada u ocupada por un tercero, hasta tanto hasta tanto el Ministerio de Vivienda, no le haya dado una nueva vivienda a las personas desalojadas. El Estado ni siquiera tiene viviendas disponibles para los damnificados, difícilmente las tendrá para los ocupantes salientes, lo que deja la propiedad alquilada o dada bajo cualquier figura, bajo una situación de “confiscación indirecta”.
Propietarios miembros de APIUR afectados por este decreto Ley contra los Desalojos, en los próximos días interpondrán un recurso de nulidad ante el tribunales competentes, a los efectos de restituir las garantías constitucionales infringidas contra la propiedad privada, el debido proceso, la tutela judicial efectiva, previstos en la Constitución, el Código Civil, la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y el Código de Procedimiento Civil, es por lo que solicitamos públicamente al Presidente revocar este decreto y dejar a la Asamblea Nacional terminar de discutir la Ley de Arrendamientos de Viviendas y en caso contrario que el Ministro de la Vivienda, active los actos conciliatorios a nivel nacional, para que se reactive la justicia inmobiliaria.
Los efectos más nocivos de esta situación es para las millones de familias venezolanas que no tienen vivienda, ya que esta ley ha extinguido prácticamente la oferta de viviendas en alquiler, que en el año 2003 constituía el 30% de las soluciones habitacionales.
Fuente: Noticiero Digital
No hay comentarios:
Publicar un comentario